miércoles, 20 de mayo de 2009

Comisión Revisora de Cuentas - Artículo 16.

La Comisión Revisora de Cuentas será la encargada de examinar la
contabilidad del Secretariado Permanente del Comité Confederal de la CGT
presentando el correspondiente informe de sus conclusiones al Congreso.
Estará formada por cinco miembros y el Secretario de Finanzas del S.P., éste último con
voz y sin voto.
Para desarrollar su trabajo podrán requerir la colaboración de los Secretarios de
Finanzas de los distintos Comités Confederales.
El informe que elabore esta Comisión estará avalado por. al menos. tres miembros con
voto en la misma.

No hay comentarios:

Publicar un comentario