miércoles, 20 de mayo de 2009

De las elecciones - Articulo 27

Para elegir la localidad de residencia y el Secretariado Permanente del
Comité Confederal se seguirán los siguientes criterios:
-Cualquier sindicato podrá presentar candidaturas abiertas aunque estén incompletas,
designando el cargo/s que necesariamente se haya aceptado por el/la interesado/a,
así como del lugar de residencia. Podrá formar parte de una candidatura cualquier
afiliado a la CGT que no se encuentre inhabilitado para ello.
-Las candidaturas serán enviadas al S.P. existente y a la Comisión Organizadora del
Congreso, con 21 días de antelación a la fecha de celebración del mismo, que las
darán a conocer a la totalidad de los sindicatos con 15 días de antelación.
-Las votaciones se efectuarán secretaría por secretaría resultando elegido el
candidato más votado.

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